Por Suzuky Margarita Gómez Castillo.
Observaciones sobre el informe acceso a la
Justicia Para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas: Sobre la Creación de Programas de Gobierno Para Abordar la Violencia y
la Discriminación Contra las Mujeres
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Relatoría-CIDH),
manifiesta a través de presente documento identificado como “Informe CIDH sobre
acceso a la justicia para las mujeres y
víctimas de violencia en las Américas” (2007), la necesidad ineludible
de plantear soluciones y recursos con la finalidad de erradicar la violencia
contra las mujeres¸ también se exhorta a los Estados Parte de la OEA dar
cumplimento y actuar de forma diligente ante esta forma de violación de
los derechos humanos.
En este sentido la
Relatoría sobre los derechos humanos de la mujeres de la CIDH (Relatoría-CIDH,
2007) revela que con frecuencia las mujeres víctimas de violencia no alcanzan
un acceso oportuno, eficaz y efectivo a la justicia en el tránsito de los
caminos judiciales cuando denuncian los hechos acontecidos, puede considerarse este
factor como una razón para reflexionar en relación a los tratos, la desatención
y al abuso a los cuales son sometidas las víctimas y que apuntan a
desprotegerlas de sus derechos, en sentido la Relatoría-CIDH (2007) señala:
La mayoría de los casos de violencia
contra las mujeres no son formalmente investigados, juzgados y sancionados por
los sistemas de administración de justicia en el hemisferio…Una respuesta
judicial idónea resulta indispensable para que las mujeres víctimas de
violencia cuenten con un recurso ante los hechos sufridos y que éstos no queden
impunes (p. 8).
Sin embargo, la relatoría está consciente de la
existencia de una serie de programas y servicios auspiciados por los Estados
Parte, cuya misión es la de proporcionar apoyo jurídico, psicológico y sociales
a las víctimas de violencia contra
las mujeres. Dentro de estas
instituciones creadas se
mencionaran en el plano latinoamericano las Comisarías de la Mujer y la Familia
(Santiago de Chile) y una serie de programas dirigidos a promover los derechos
de las mujeres. Muchas de estas iniciativas son acompañadas por la sociedad
civil, como organizaciones no gubernamentales (ONG) cuya misión es prestar
apoyo a las víctimas de violencia. Es importante señalar que otros servicios de apoyo
sobre la base de apuntalar estos
programas son las llamadas “escuchas”, es decir los países colocan al servicio
de la sociedad líneas telefónicas, que
sirven de apoyo y en las cuales las
personas que se sienten amenazadas pueden recibir asesorías jurídicas y
psicológicas. En Venezuela Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER) lidera
este programa con el 0800-mujeres y *112 de Movilnet, servicio telefónico
caracteriza:
[…] gratuito,
nacional y confidencial que también se ofrece a través del *112 de Movilnet.
Brinda información, orientación en situaciones de emergencia, asesoría legal e
intervención del Estado en casos de violencia machista o violencia contra las
mujeres, particularmente en aquellos tipos previstos en la Ley Orgánica sobre
el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007) […] (p. s/n).
Este es un programa es confidencial entre la persona que
llama y el funcionario (escucha) que atiende la llamada, asimismo ofrece
información y orientación en relación a las áreas psicológicas, legales,
médicas y sociales considerando las necesidades de la usuaria. Las funcionarias
(escuchas) son capacitadas en responsabilidad social, sentido ético y técnicas
de atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
Otros esfuerzos promulgados
por los Estados Parte en miras a proveer servicios a las féminas víctimas de
violencia se destaca en la creación servicios legales integrales (Bolivia),
también cuentan con Brigadas de Protección, las casa de abrigo y las redes de atención y prevención
de violencia intrafamiliar. En Brasil se
incrementó en el número de delegaciones especializadas en atención a las mujeres, Venezuela creó igualmente
prefecturas y centros de atención
distribuidos en el marco de la geografía
nacional.
Pero aún es necesario
instituir organizaciones judiciales que proporcionen recursos y apoyo a las zonas
rurales o de difícil acceso, con
el fin de garantizar que todas
las mujeres puedan transitar la senda de
la justicia plena y a una adecuada protección judicial ante los actos de violencia y/o discriminación que pudieran
presentarse. Dentro del conjunto de
recomendaciones estipuladas a los Estados parte también
reza la necesidad instaurar instancias especializadas en derechos de las
mujeres dentro de las dependencias del poder ejecutivo y que los funcionarios y
funcionarias manejen conocimientos especializados en perspectiva de género,
elemento importante ante el manejo de
actos y casos de violencia.
Se hace imperioso
diseñar y/o mejorar los registros de información tanto estadística como
cualitativa, donde se reporten los incidentes en materia de violencia contra
las mujeres dentro de los subsistemas de la administración de justicia.
Asimismo, se debe fortificar las
bases de
datos que contengan información sobre situaciones de violencia con el fin establecer políticas públicas que apunten
a subsanar este flagelo. Es importante construir sistemas de pesquisa que
logren unificar los datos sobre actos de violencia a nivel local y nacional,
sin ignorar la violencia que se infringe en las zonas
rurales y en los asentamientos
urbanos no regulados, estos sistemas
deben mantenerse actualizados.
Esta información debe
ser compilada por estado (departamento y/o provincia) y es una recomendación
expresa de la CIDH y la Relatoría que sea procesada con perspectiva de género.Otra observación interesante de la CIDH
con relación al acceso de la
justicia por parte de las víctimas de violencia contra las mujeres es la poca utilización del
sistema de justicia y la persistente
desconfianza que se tiene de las
instancias judiciales ante el posible ejecútese de la ley
ante los hechos ocurridos. Entre
las razones que se argumentan se citan
el miedo a la re victimización (o victimización secundaria)
que pudieran recibir las agredidas al iniciar el proceso de denuncia, la carencia de protección y falta
de garantías judiciales que puedan proteger sus dignidad, seguridad y
privacidad durante el proceso
(incluyendo a los testigos), el costo económico de los procesos judiciales y la
situación geográfica de las oficinas
receptoras de denuncia. Mientras
no subsanen esta desconfianza en el sistema judicial y no se garantice la
seguridad en el debido proceso, el acceso a la justicia se verá
superado por la inequidad y desigualdad de género, es vital que cada
denuncia se investigue, se sancione y en
la medida de lo posible se repare o compense
a la víctima (aplicar medidas compensatorias) sin ser estigmatizadas
socialmente.
Referencias:
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2007).
Informe CIDH sobre acceso a la justicia
para las mujeres y víctimas de violencia en las Américas. [Documento en
línea] Disponible en: https://www.cidh.oas.org/women/acceso07/indiceacceso.htm [Consulta:
2014, Junio 21]
Instituto Nacional de las Mujeres. (2016).
Relación entre el género y el
medio ambiente. [Página en
línea] Disponible en http://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/mujer-y-medio-ambiente [Consulta: Julio 1, 2016]
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