domingo, 5 de febrero de 2017

OBSERVACIONES SOBRE EL INFORME ACCESO A LA JUSTICIA PARA LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA EN LAS AMÉRICAS

Por Suzuky Margarita Gómez Castillo. 

Observaciones sobre el informe acceso a la Justicia Para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas: Sobre la Creación de Programas de Gobierno Para Abordar la Violencia y la Discriminación Contra las Mujeres

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Relatoría-CIDH), manifiesta a través de presente documento identificado como “Informe CIDH sobre acceso  a la justicia para las  mujeres y  víctimas de violencia en las Américas” (2007), la necesidad ineludible de plantear soluciones y recursos con la finalidad de erradicar la violencia contra las mujeres¸ también se exhorta a los Estados Parte de la OEA dar cumplimento y actuar de forma diligente ante esta forma de violación de los  derechos humanos.
En este sentido la Relatoría sobre los derechos humanos de la mujeres de la CIDH (Relatoría-CIDH, 2007) revela que con frecuencia las mujeres víctimas de violencia no alcanzan un acceso oportuno, eficaz y efectivo a la justicia en el tránsito de los caminos judiciales cuando denuncian los hechos acontecidos, puede considerarse este factor como una razón para reflexionar en relación a los tratos, la desatención y al abuso a los cuales son sometidas las víctimas y que apuntan a desprotegerlas de sus derechos, en sentido la Relatoría-CIDH (2007) señala:

La mayoría de los casos de violencia contra las mujeres no son formalmente investigados, juzgados y sancionados por los sistemas de administración de justicia en el hemisferio…Una respuesta judicial idónea resulta indispensable para que las mujeres víctimas de violencia cuenten con un recurso ante los hechos sufridos y que éstos no queden impunes (p. 8).

Sin embargo, la relatoría está consciente de la existencia de una serie de programas y servicios auspiciados por los Estados Parte, cuya misión es la de proporcionar apoyo jurídico, psicológico y sociales a las víctimas de violencia contra  las  mujeres. Dentro de  estas  instituciones  creadas se mencionaran en el plano latinoamericano las Comisarías de la Mujer y la Familia (Santiago de Chile) y una serie de programas dirigidos a promover los derechos de las mujeres. Muchas de estas iniciativas son acompañadas por la sociedad civil, como organizaciones no gubernamentales (ONG) cuya misión es prestar apoyo a las víctimas de violencia. Es importante  señalar que otros servicios de apoyo sobre  la base de apuntalar estos programas son las llamadas “escuchas”, es decir los países colocan al servicio de la sociedad  líneas telefónicas, que sirven de apoyo  y en las cuales las personas que se sienten amenazadas pueden recibir asesorías jurídicas y psicológicas. En Venezuela Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER) lidera este programa con el 0800-mujeres y *112 de Movilnet, servicio telefónico caracteriza:

[…] gratuito, nacional y confidencial que también se ofrece a través del *112 de Movilnet. Brinda información, orientación en situaciones de emergencia, asesoría legal e intervención del Estado en casos de violencia machista o violencia contra las mujeres, particularmente en aquellos tipos previstos en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007) […] (p. s/n).

Este es un programa es confidencial entre la persona que llama y el funcionario (escucha) que atiende la llamada, asimismo ofrece información y orientación en relación a las áreas psicológicas, legales, médicas y sociales considerando las necesidades de la usuaria. Las funcionarias (escuchas) son capacitadas en responsabilidad social, sentido ético y técnicas de atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
Otros esfuerzos promulgados por los Estados Parte en miras a proveer servicios a las féminas víctimas de violencia se destaca en la creación servicios legales integrales (Bolivia), también cuentan con Brigadas de Protección, las casa de  abrigo y las redes de atención y prevención de  violencia intrafamiliar. En Brasil se incrementó en el número de delegaciones especializadas en atención a  las mujeres, Venezuela creó igualmente prefecturas y centros de  atención distribuidos en el marco de  la geografía nacional.
Pero aún es necesario instituir organizaciones judiciales que proporcionen  recursos y apoyo a  las zonas  rurales  o de difícil acceso, con el  fin de garantizar  que todas  las mujeres puedan transitar la senda de  la justicia plena y a una adecuada protección judicial ante  los actos de violencia  y/o discriminación que pudieran presentarse.  Dentro del conjunto de recomendaciones  estipuladas   a los Estados  parte también  reza la necesidad instaurar instancias especializadas en derechos de las mujeres dentro de las dependencias del poder ejecutivo y que los funcionarios y funcionarias manejen conocimientos especializados en perspectiva de género, elemento importante  ante el manejo de actos y casos de  violencia.
Se hace imperioso diseñar y/o mejorar los registros de información tanto estadística como cualitativa, donde se reporten los incidentes en materia de violencia contra las mujeres dentro de los subsistemas de la administración de justicia. Asimismo, se debe fortificar  las bases  de  datos  que contengan información  sobre situaciones de violencia con el  fin establecer políticas públicas que apunten a subsanar este flagelo. Es importante construir sistemas de pesquisa que logren unificar los datos sobre actos de violencia a nivel local y nacional, sin ignorar la violencia que  se  infringe en las  zonas  rurales y en los  asentamientos urbanos  no regulados, estos sistemas deben mantenerse actualizados.
Esta información debe ser compilada por estado (departamento y/o provincia) y es una recomendación expresa de la CIDH y la Relatoría que sea procesada con perspectiva de género.Otra observación interesante  de la CIDH  con relación  al acceso de la justicia por parte de las víctimas de violencia contra  las mujeres es la poca utilización del sistema de justicia  y la persistente desconfianza que se tiene de  las instancias  judiciales ante  el posible ejecútese de la  ley  ante  los hechos ocurridos. Entre las razones que se argumentan se citan  el miedo a  la  re victimización (o victimización secundaria) que pudieran recibir las agredidas al iniciar el proceso de  denuncia, la carencia de protección y falta de garantías judiciales que puedan proteger sus dignidad, seguridad y privacidad durante  el proceso (incluyendo a los testigos), el costo económico de los procesos judiciales y la situación geográfica de las oficinas  receptoras  de denuncia. Mientras no subsanen esta desconfianza en el sistema judicial y no se garantice la seguridad en el debido proceso, el acceso a la justicia  se verá  superado por la inequidad y desigualdad de género, es vital que cada denuncia se investigue, se  sancione y en la medida de lo posible se repare o compense  a la víctima (aplicar medidas compensatorias) sin ser estigmatizadas socialmente.

Referencias:

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2007). Informe CIDH sobre acceso a la justicia para las  mujeres y  víctimas de violencia en las Américas. [Documento en línea] Disponible en: https://www.cidh.oas.org/women/acceso07/indiceacceso.htm [Consulta: 2014, Junio 21]

Instituto Nacional de las Mujeres. (2016). Relación entre el género y el medio ambiente. [Página en línea] Disponible en http://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/mujer-y-medio-ambiente [Consulta: Julio 1, 2016]


No hay comentarios: